Llega la campaña de la renta y, con ella, la búsqueda del dichoso borrador. Si cada año te preguntas cómo acceder a la sede electrónica de la AEAT sin perder el norte, aquí tienes la respuesta: descargar el borrador del IRPF 2024, resolver dudas por teléfono u online y presentar tu declaración antes del 30 de junio de 2025 es más sencillo de lo que parece con los pasos adecuados.

Contribuyentes que presentan declaración: ≈21,7 millones (2023, AEAT) ·
Plazo de presentación: del 2 de abril al 30 de junio de 2025 ·
Declaraciones por internet: más del 95 % ·
Teléfono información: 901 33 55 33 ·
Sede electrónica: sede.agenciatributaria.gob.es

Resumen rápido

1Hechos confirmados
2Qué no está claro
  • Posibles ajustes de última hora en el horario de atención telefónica durante puentes o festivos (conviene consultar la sede)
  • El plazo exacto de devolución puede alargarse en periodos de alta demanda según la carga de trabajo de la AEAT
3Señal cronológica
  • 2 de abril de 2025: inicio de campaña y apertura del borrador (AEAT, fechas campaña)
  • 30 de junio de 2025: fin del plazo de presentación (AEAT, fechas campaña)
4Qué sigue
  • Desde julio de 2025: periodo de devoluciones y notificaciones (AEAT, calendario post-campaña)
  • Los contribuyentes pueden presentar declaraciones complementarias hasta diciembre de 2025 (AEAT, calendario post-campaña)

Seis datos que conviene tener a mano antes de empezar con la declaración:

Concepto Dato oficial
Inicio de campaña 2 de abril de 2025
Fin de campaña 30 de junio de 2025
Número de teléfono información 901 33 55 33
Web oficial sede.agenciatributaria.gob.es
Métodos de identificación Cl@ve PIN, certificado digital, DNIe
Aplicación móvil AEAT (disponible en Google Play y App Store)

El calendario oficial de la AEAT marca el ritmo de toda la campaña.

¿Cómo descargar el borrador de Hacienda?

Acceder al borrador de la Renta 2024 es el primer paso y, probablemente, el más fácil si tienes a mano un método de identificación digital. La ruta oficial es clara y está pensada para que cualquier contribuyente lo haga sin ayuda.

Requisitos para acceder al borrador

  • Disponer de un sistema de identificación electrónica: Cl@ve Móvil, Cl@ve PIN, certificado digital en vigor, DNIe o un sistema eIDAS reconocido (Agencia Tributaria, métodos de identificación).
  • Tener acceso a internet y un navegador actualizado. La sede electrónica funciona con los principales navegadores del mercado.
  • Conocer tu número de DNI o NIE, y en su caso la fecha de validez o de expedición para obtener la referencia (Agencia Tributaria, obtención de referencia).

Pasos para descargar el borrador desde la sede electrónica

  1. Entra en la página oficial de la AEAT: sede.agenciatributaria.gob.es.
  2. Localiza el apartado «Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta DIRECTA y Renta WEB)» (Agencia Tributaria, acceso al servicio).
  3. Elige el método de identificación que prefieras: Cl@ve Móvil, certificado, DNIe o número de referencia.
  4. Una vez dentro, selecciona «Borrador/Declaración (Renta WEB)» dentro de «Servicios Disponibles» (Agencia Tributaria (YouTube), tutorial Renta WEB).
  5. Revisa los datos fiscales que carga el sistema automáticamente. Puedes descargar el PDF o visualizarlo online sin necesidad de presentar la declaración.
Por qué es útil

Descargar el borrador no implica presentar la declaración: es solo una consulta. Así puedes comprobar si los datos que tiene Hacienda coinciden con los tuyos antes de decidir si confirmas o introduces cambios.

Descarga del borrador desde la aplicación móvil AEAT

  • La app oficial de la AEAT está disponible en Google Play y la App Store.
  • Una vez instalada, identifícate con Cl@ve PIN o certificado digital.
  • Accede al apartado «Renta 2024» y selecciona «Ver borrador». La aplicación te permite consultar los datos fiscales y descargar el PDF directamente en tu móvil.
En resumen: el borrador está disponible desde el 2 de abril de 2025 en la sede y la app. Lo descargas en minutos si tienes Cl@ve PIN, certificado o DNIe. No es necesario presentar la declaración para consultarlo.

¿Dónde y cómo resolver dudas sobre la declaración de la renta?

Una vez que tienes el borrador delante, es normal que surjan preguntas: ¿este dato es correcto?, ¿puedo deducir esto otro?, ¿qué hago si no estoy de acuerdo? La AEAT ofrece varios canales para resolver dudas, desde el teléfono hasta la atención presencial con cita previa.

Teléfonos de información tributaria

  • El número general de información tributaria es el 901 33 55 33, operativo de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas (Agencia Tributaria, contacto telefónico).
  • Para la campaña de Renta, la AEAT activa el plan «Le Llamamos» a partir del 6 de mayo de 2025: solicitas una cita y ellos te llaman para ayudarte con la declaración (Agencia Tributaria, calendario de campaña).
  • Existe también un servicio de cita previa telefónica para que un agente te atienda en una franja horaria concreta.

Oficinas de la Agencia Tributaria (cita previa)

  • La atención presencial requiere cita previa, que se solicita desde la sede electrónica o llamando al 901 33 55 33 (Agencia Tributaria, cita previa).
  • El periodo de cita previa para Renta 2024 abarca del 6 de mayo al 30 de junio de 2025 (Agencia Tributaria, calendario de cita previa).
  • Es recomendable pedir cita con antelación, especialmente en las últimas semanas de campaña, cuando la demanda aumenta.

Chat online y asistente virtual de la AEAT

  • La sede electrónica dispone de un asistente virtual que resuelve dudas frecuentes sobre la declaración de la renta de forma automatizada (Agencia Tributaria, asistente virtual).
  • El chat online está disponible en horario de atención al público y permite conectar con un operador para consultas personalizadas.
  • Ambos servicios son gratuitos y no requieren identificación previa para preguntas generales.

Preguntas frecuentes en la sede electrónica

  • La AEAT mantiene una sección de preguntas frecuentes actualizada cada campaña, organizada por temas: deducciones, obligados a declarar, pasos para presentar, etc.
  • Es el primer lugar donde conviene buscar si la duda es común: la respuesta suele estar documentada y avalada por la normativa vigente (Agencia Tributaria, FAQ campaña).
En resumen: la AEAT pone a tu disposición teléfono (901 33 55 33), cita previa presencial, chat online y un asistente virtual. Para dudas generales, las FAQ de la sede son el recurso más rápido y fiable.

¿Cómo obtener una copia de la declaración ya presentada?

Una vez presentada la declaración, es frecuente necesitar una copia: para un banco, para justificar ingresos o simplemente para tu archivo personal. La buena noticia es que la AEAT permite descargarla al instante desde su sede electrónica.

Descarga de la declaración presentada (modelo 100)

  • Las declaraciones del IRPF (modelo 100) presentadas desde el ejercicio 2021 están disponibles en la sede electrónica, en la sección «Declaraciones ya presentadas» (Agencia Tributaria, declaraciones presentadas).
  • Puedes descargar el PDF de la declaración original o un resumen de los datos fiscales de ese ejercicio.
  • El sistema no exige solicitar una copia física: la descarga es inmediata y gratuita.

Solicitud de duplicado por sede electrónica

  1. Accede a sede.agenciatributaria.gob.es e identifícate con Cl@ve PIN, certificado digital o DNIe.
  2. Busca el apartado «Declaraciones ya presentadas» dentro del servicio de Renta.
  3. Selecciona el ejercicio fiscal que necesites (2024, 2023, etc.) y haz clic en «Descargar PDF».
  4. El sistema genera el documento al momento. Si lo prefieres, también puedes solicitar que te lo envíen por correo postal, aunque el plazo de entrega es mayor.

Plazo para obtener la copia

  • Las declaraciones están accesibles en la sede electrónica de forma indefinida desde su presentación. No hay un plazo de caducidad para la descarga.
  • Para declaraciones de ejercicios anteriores a 2021, es posible solicitarlas a través del servicio de atención al contribuyente, aunque el proceso puede tardar varios días (Agencia Tributaria, copias de ejercicios anteriores).
El detalle práctico

Si necesitas la copia para un trámite bancario o una subvención, descárgala nada más presentar la declaración. Así evitas esperas y te aseguras de que el PDF está disponible sin errores.

En resumen: las declaraciones del IRPF desde 2021 están accesibles en la sede electrónica. La descarga es inmediata y gratuita. Para ejercicios anteriores, hay que solicitarlo al servicio de atención.

¿Qué necesitas saber sobre la campaña de Renta 2024?

Cada campaña de la renta trae su propio calendario y sus particularidades. La de 2024 (que se presenta en 2025) no es una excepción. Conocer las fechas clave y las novedades fiscales te ayudará a planificar la declaración sin prisas.

Fechas clave de la campaña

  • 2 de abril de 2025: inicio de la campaña. Apertura del servicio de borrador y presentación por internet (Agencia Tributaria, calendario oficial).
  • 6 de mayo de 2025: inicio de la atención telefónica del plan «Le Llamamos» y del periodo de cita previa presencial (Agencia Tributaria, plan Le Llamamos).
  • 30 de junio de 2025: fin de la campaña. Último día para presentar la declaración por internet (Agencia Tributaria, fin de campaña).
  • A partir de julio de 2025: inicio del periodo de devoluciones y notificaciones. Plazo para presentar declaraciones complementarias o rectificativas.
Fecha Hito
2 de abril de 2025 Inicio de campaña y apertura del borrador online
6 de mayo de 2025 Inicio de atención telefónica y cita previa presencial
30 de junio de 2025 Fin del plazo de presentación
Julio – diciembre 2025 Devoluciones, notificaciones y complementarias

La secuencia muestra que la campaña tiene tres fases bien diferenciadas: apertura digital, atención personalizada y cierre.

Novedades fiscales para el ejercicio 2024

  • Se mantienen los límites de obligación de declarar: 1.000 euros de rendimientos del trabajo en caso de dos o más pagadores, 22.000 euros con un solo pagador (BOE, normativa IRPF 2024).
  • Las deducciones autonómicas varían según la comunidad; es recomendable consultar el detalle en la sede de la AEAT antes de confirmar la declaración.
  • La AEAT ha reforzado la asistencia personalizada para mayores de 65 años y personas con discapacidad, con cita previa preferente (Agencia Tributaria, asistencia personalizada).

Obligados y no obligados a declarar

  • Están obligados a declarar quienes hayan percibido rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales con un solo pagador, o a 1.000 euros con dos o más pagadores (si el segundo y siguientes superan los 1.500 euros en total) (BOE, límites de declaración).
  • También deben declarar quienes tengan rendimientos del capital mobiliario superiores a 1.600 euros, ganancias patrimoniales superiores a 1.000 euros, o rentas inmobiliarias imputadas superiores a 1.000 euros.
  • Si no alcanzas estos límites pero te han retenido en nómina, puede salirte a devolver: presentar la declaración es voluntario y, en muchos casos, beneficioso.
En resumen: la campaña arranca el 2 de abril de 2025 y termina el 30 de junio. Los límites para declarar se mantienen respecto al ejercicio anterior. Si te sale a devolver, merece la pena presentarla aunque no estés obligado.

Pasos para presentar la declaración mediante Renta WEB

Renta WEB es la herramienta gratuita que la AEAT pone a disposición de todos los contribuyentes para presentar la declaración por internet. Es el método más usado —más del 95 % de las declaraciones se presentan así— y, con los pasos adecuados, se completa en pocos minutos.

Acceso a Renta WEB con identificación electrónica

  1. Ve a sede.agenciatributaria.gob.es y selecciona «Renta WEB» dentro del bloque de campaña.
  2. Identifícate con Cl@ve Móvil, Cl@ve PIN, certificado digital, DNIe o número de referencia (Agencia Tributaria, métodos de acceso a Renta WEB).
  3. Si eliges la opción de referencia, el sistema te pedirá tu DNI/NIE y la fecha de validez o expedición para generarla (Agencia Tributaria, cómo obtener la referencia).
  4. Una vez validada la identidad, el sistema te preguntará si actúas en nombre propio o como representante (Agencia Tributaria, flujo de acceso).

Revisión y modificación de datos fiscales

  • Renta WEB carga automáticamente los datos fiscales que la AEAT tiene del contribuyente: rendimientos del trabajo, retenciones, deducciones, etc.
  • Puedes modificar cualquier dato que no se corresponda con tu situación real: añadir ingresos no declarados, corregir retenciones o incluir deducciones a las que tengas derecho.
  • Es recomendable tener a mano la documentación original (nóminas, extractos bancarios, facturas de deducciones) para cotejar los datos (Agencia Tributaria, revisión de datos).

Confirmación y presentación de la declaración

  1. Una vez revisados todos los datos, la herramienta te muestra el resultado: a pagar, a devolver o negativo.
  2. Si estás conforme, haz clic en «Confirmar y presentar». El sistema genera un NRC (Número de Referencia Completo) que acredita la presentación (Agencia Tributaria, confirmación de declaración).
  3. Guarda el NRC y el PDF de la declaración presentada. Son tu justificante oficial.

Domiciliación bancaria y pago

  • Si la declaración sale a pagar, puedes domiciliar el pago en una cuenta bancaria española. El plazo de domiciliación suele terminar unos días antes del fin de campaña.
  • Si no domicilias, puedes pagar online con tarjeta o mediante un cargo en cuenta inmediato.
  • Si la declaración sale a devolver, la AEAT ingresa el importe en la cuenta que hayas indicado, normalmente en un plazo de 2 a 4 semanas (Agencia Tributaria, plazos de devolución).
Lo que no debes olvidar

Guardar el NRC y el PDF de la declaración presentada no es un capricho: si más adelante te notifican una discrepancia, ese justificante es tu primera línea de defensa. No confíes solo en que la AEAT lo tiene en su sistema.

En resumen: Renta WEB te permite presentar la declaración en pocos minutos con Cl@ve PIN, certificado o referencia. Revisa los datos, confirma, guarda el NRC y, si puedes, domicilia el pago para evitar olvidos.

Señal cronológica: de abril a diciembre de 2025

La campaña de Renta 2024 no acaba el 30 de junio. Hay hitos importantes después de la fecha límite que todo contribuyente debería conocer.

  • 2 de abril de 2025: arranca la campaña. Se puede descargar el borrador y presentar la declaración por internet (Agencia Tributaria, inicio de campaña).
  • 6 de mayo de 2025: inicio del plan «Le Llamamos» y del periodo de cita previa para atención presencial (Agencia Tributaria, atención telefónica).
  • 30 de junio de 2025: fin del plazo de presentación. A partir de esta fecha no se pueden presentar declaraciones ordinarias.
  • Julio – diciembre de 2025: periodo de devoluciones y notificaciones. También se pueden presentar declaraciones complementarias o rectificativas si se detectan errores (Agencia Tributaria, declaraciones complementarias).

El patrón: la mayoría de las devoluciones se resuelven en los dos meses siguientes al fin de campaña, pero los casos complejos pueden alargarse hasta final de año.

El calendario real

Si te sale a devolver, no esperes al 30 de junio para presentar. Cuanto antes confirmes la declaración, antes recibirás el ingreso. La AEAT procesa por orden de presentación.

Hechos confirmados y qué no está claro

Hechos confirmados

  • La campaña de Renta 2024 va del 2 de abril al 30 de junio de 2025 (Agencia Tributaria, calendario).
  • El borrador se descarga con identificación digital (Cl@ve PIN, certificado o DNIe) (Agencia Tributaria, acceso al borrador).
  • El teléfono de información es el 901 33 55 33 (Agencia Tributaria, contacto).
  • Las declaraciones presentadas desde 2021 están disponibles en la sede electrónica (Agencia Tributaria, declaraciones presentadas).

Qué no está claro

  • Posibles cambios de última hora en el horario de atención del 901 33 55 33 durante puentes y festivos (confirmar en la sede).
  • El plazo exacto de devolución puede variar según la carga de trabajo de la AEAT en cada ejercicio.
  • Las deducciones autonómicas pueden sufrir modificaciones hasta la publicación definitiva del modelo de declaración.
  • La disponibilidad del servicio «Le Llamamos» podría ajustarse en función de la demanda de cada campaña.

«Gestiones destacadas: ¿Tienes dudas sobre tu declaración de Renta? En la sede electrónica puedes consultar tus datos fiscales, descargar el borrador y pedir cita previa para que te ayudemos de forma personalizada.»

Sede electrónica de la AEAT, página oficial de la campaña de Renta 2025

«Consulta o modifica tu declaración, la cuenta en la que domiciliaste el pago y obtén información sobre tu devolución. Todo desde la sección de declaraciones ya presentadas.»

Agencia Tributaria, sección de declaraciones presentadas

La campaña de Renta 2024 es, en buena medida, un reflejo de la apuesta de la Administración por lo digital: más del 95 % de las declaraciones se presentan ya por internet, y la sede electrónica se ha convertido en el centro de todas las gestiones. Pero esa misma digitalización exige que el contribuyente tenga claros los pasos y los canales de ayuda. Para quien no se siente cómodo con lo online, la AEAT mantiene la atención telefónica y presencial con cita previa, aunque ambas requieren algo de planificación. El mensaje de la Agencia es coherente: si sabes dónde mirar (sede.agenciatributaria.gob.es) y a quién llamar (901 33 55 33), la declaración de la renta deja de ser un quebradero de cabeza.

Para los contribuyentes que prefieren hacerlo todo en persona, la recomendación es clara: solicita la cita previa los primeros días de mayo, cuando arranca el servicio, y evita las aglomeraciones de última hora. Para quienes optan por lo digital, el camino es aún más directo: Cl@ve PIN o certificado, Renta WEB, revisar datos y confirmar. El NRC que obtienes al presentar es tu mejor seguro. En cualquier caso, la ventana para actuar se abre el 2 de abril y se cierra el 30 de junio. Seis meses después, en diciembre, quien haya presentado a tiempo tendrá su devolución —si le corresponde— y quien haya tenido que rectificar, aún estará a tiempo de hacerlo sin recargo.

Lectura relacionada: Cómo descargar el borrador de la Renta 2024 en la Sede Electrónica · Calendario de la Campaña de Renta y Patrimonio 2024

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar la declaración por teléfono?

Sí, a través del plan «Le Llamamos» de la AEAT. A partir del 6 de mayo de 2025 puedes solicitar una cita telefónica y un agente te llamará para ayudarte a cumplimentar y presentar la declaración (Agencia Tributaria, plan Le Llamamos).

¿Qué pasa si no presento la declaración en plazo?

Si no presentas dentro del plazo (2 de abril al 30 de junio de 2025), Hacienda puede aplicar recargos e intereses de demora. La sanción varía según el tiempo de retraso y si hay o no perjuicio económico para la Administración (BOE, régimen sancionador tributario).

¿Cómo sé si estoy obligado a declarar?

Estás obligado si tus rendimientos del trabajo superan los 22.000 € con un solo pagador, o los 1.000 € con dos o más pagadores. También si tienes rendimientos del capital superiores a 1.600 € o ganancias patrimoniales de más de 1.000 € (BOE, límites IRPF 2024).

¿Puedo modificar la declaración después de presentarla?

Sí. Si detectas un error una vez presentada, puedes presentar una declaración complementaria o rectificativa a través de la sede electrónica. Tienes de plazo hasta cuatro años después del fin del plazo voluntario (Agencia Tributaria, declaraciones complementarias).

¿Cuánto tarda la devolución de la renta?

La AEAT suele realizar las devoluciones en un plazo de 2 a 4 semanas desde la presentación, aunque los casos complejos pueden demorarse hasta final de año. Puedes consultar el estado de tu devolución en la sede electrónica (Agencia Tributaria, estado de devoluciones).

¿Dónde puedo ver el estado de mi devolución?

En la sede electrónica de la AEAT, dentro del apartado «Declaraciones ya presentadas», puedes consultar el estado de tu devolución en tiempo real. Solo necesitas identificarte con Cl@ve PIN, certificado o DNIe (Agencia Tributaria, consulta de devoluciones).

¿Qué hago si no recuerdo mi contraseña de Cl@ve PIN?

Puedes recuperarla desde la propia web de Cl@ve siguiendo el proceso de recuperación de contraseña. Si no recuerdas los datos de registro, puedes solicitar un nuevo alta en cualquier oficina de la AEAT o a través de la sede electrónica (Agencia Tributaria, recuperación de Cl@ve).