
Contrato de compraventa de coche DGT: plantilla y requisitos
Pocas cosas generan más dudas que vender un coche entre particulares cuando llega el momento de poner el acuerdo por escrito. Si estás aquí es porque ya tienes comprador —o ya has encontrado el coche que quieres— y necesitas algo más que un apretón de manos: un contrato de compraventa que la DGT acepte sin reparos y que te quite responsabilidades de encima.
Transferencias anuales de vehículos en España: 2,1 millones (2022) · Plazo para notificar la venta a la DGT: 10 días hábiles · Coste medio del cambio de titularidad en la DGT: 55 € · Porcentaje de compraventas entre particulares: 45%
Resumen rápido
- Si el comprador revende antes de inscribir el coche a su nombre, la DGT no permite encadenar transferencias (Sede Electrónica DGT – advertencia)
- El coste exacto de la tasa 4.1 puede variar según la comunidad autónoma (GESTORÍADGT – tasas orientativas)
- No está claro si la falta de copia firmada del contrato invalida la notificación (Sede Electrónica DGT – requisitos del contrato)
- La secuencia firma → notificación → cambio de titularidad podría no ser obligatoria en todos los casos (Revista DGT – orden de trámites)
- No está claro si la notificación online es inmediata o puede tardar varios días en registrarse (GESTORÍADGT – proceso online)
- La DGT publica un contrato tipo de compraventa de vehículo usado en PDF (Sede Electrónica DGT – modelo oficial)
- El vendedor debe notificar la venta en un plazo de 10 días hábiles (Sede Electrónica DGT – plazo de notificación)
- Firma del contrato → notificación de venta (10 días hábiles) → cambio de titularidad (30 días) (Revista DGT – orden de trámites)
- Ambas partes deben conservar una copia firmada del contrato (Sede Electrónica DGT – notificación de venta)
- El comprador deberá pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en su comunidad (Revista DGT – trámites posteriores)
Seis datos clave resumen lo que la DGT y las gestorías recuerdan una y otra vez a los particulares que compran o venden un vehículo usado.
| Concepto | Detalle | Fuente |
|---|---|---|
| Plazo cambio de titularidad | 30 días desde la firma del contrato | Sede Electrónica DGT |
| Plazo notificación de venta | 10 días hábiles | Sede Electrónica DGT |
| Documento principal | Contrato de compraventa firmado por ambas partes en todas las hojas | Sede Electrónica DGT |
| Identificación | DNI, NIF o Tarjeta de Residencia (fotocopia recomendada) | Sede Electrónica DGT |
| Modelo de contrato | Disponible en la web de la DGT, Jefatura Provincial y oficina liquidadora del ITP | Revista DGT |
| Contrato tipo oficial | PDF descargable en sede.dgt.gob.es | Sede Electrónica DGT |
| Canal de tramitación | Correos ofrece el servicio de notificación de venta asociado a la DGT | Correos |
| Documentación para notificación | Permiso de circulación, documento de transmisión e identificación del solicitante | Correos |
| Notificación electrónica | Disponible en la sede electrónica de la DGT | Sede Electrónica DGT |
| Encadenar transferencias | No permitido si no se ha completado el cambio de titularidad previo | Sede Electrónica DGT |
La tabla muestra diez puntos críticos que la DGT y Correos exigen o recomiendan. El patrón es claro: la mayoría de los problemas surgen cuando una de las partes omite la notificación de venta o no conserva el contrato firmado.
¿Dónde puedo encontrar un modelo de contrato de compraventa de vehículos DGT?
Usar un modelo no oficial aumenta el riesgo de que la DGT rechace la documentación. El comprador se queda sin poder circular y el vendedor sigue recibiendo multas.
La Sede Electrónica DGT (organismo oficial de tráfico) publica un contrato tipo de compraventa de vehículo usado en PDF que puedes descargar gratis. No es un documento obligatorio, pero es el estándar que la administración conoce y acepta sin objeciones.
Además de la web de la DGT, la Revista DGT (publicación oficial de Tráfico) señala que puedes conseguir un modelo estándar en tres lugares más:
- En la Jefatura Provincial de Tráfico de tu provincia.
- En la oficina liquidadora del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
- En portales especializados como DocuLegalía, QueComparador o MiraCoche, que ofrecen plantillas descargables.
La implicación: si descargas el PDF oficial de la DGT, te evitas sorpresas. Cualquier modelo que uses debe incluir datos del vendedor, del comprador, del vehículo (marca, modelo, matrícula, bastidor) y el precio acordado.
¿Cómo se hace un contrato de compraventa de un coche entre particulares?
¿Qué debe llevar un contrato de compraventa de un vehículo?
- Fecha de la operación y lugar de la firma.
- Nombre, apellidos, DNI y domicilio de vendedor y comprador.
- Descripción completa del vehículo: matrícula, bastidor, marca, modelo, año y número de kilómetros.
- Precio total de la venta (en euros) y forma de pago (contado, transferencia, pagaré).
- Declaración de que el vehículo se entrega libre de cargas, embargos o gravámenes.
- Firma de ambas partes en cada una de las hojas, tal como exige la Sede Electrónica DGT (procedimiento de notificación).
¿Cómo redactar un contrato de compraventa de vehículos entre particulares sin garantía?
Si vendes el coche «tal cual» y el comprador acepta el estado del vehículo sin reclamación posterior, debes incluir una cláusula de exención de garantía. La Revista DGT (guía oficial de trámites) recomienda redactar una frase como: «El comprador declara conocer el estado del vehículo y acepta la compra sin garantía, renunciando a cualquier reclamación futura por vicios ocultos.»
El patrón: incluir esta cláusula evita disputas futuras y deja claro el acuerdo entre las partes.
¿Qué documentos necesito para vender un coche entre particulares?
¿Qué se necesita en la DGT para cambio de titularidad?
La Sede Electrónica DGT (registro de vehículos) enumera la documentación imprescindible para inscribir al nuevo propietario:
- Contrato de compraventa original firmado por ambas partes (o factura si el vendedor es empresa).
- DNI, NIF o Tarjeta de Residencia del comprador (la DGT recomienda una fotocopia).
- Permiso de circulación del vehículo.
- Ficha técnica (tarjeta de inspección técnica).
- Informe de la ITV vigente si el vehículo tiene más de 4 años.
- Justificante del pago de la tasa de cambio de titularidad (coste medio orientativo: 55 €).
La Correos (servicio de tramitación asociado a la DGT) añade que para la notificación de venta necesitas también el documento acreditativo de la transmisión y la identificación del solicitante.
El patrón: la DGT pide tres pilares —contrato, identidad y documentación del vehículo—, y cualquier ausencia bloquea el trámite.
¿Cómo puedo notificar la compra de un vehículo a la DGT?
¿Es obligatoria la notificación de la venta de un coche a la DGT?
Sí, y el plazo es ajustado. La Sede Electrónica DGT (normativa de transferencias) indica que el vendedor debe notificar la venta nada más efectuar la operación —como máximo 10 días hábiles— para desvincularse de responsabilidades por sanciones, impuestos o accidentes que ocurran después de la entrega.
Puedes hacer la notificación de dos formas:
- Online en la sede electrónica de la DGT con certificado digital, DNIe o Cl@ve. Según GESTORÍADGT (portal especializado en trámites DGT), el proceso requiere pagar la tasa 4.1 y aportar la documentación digitalizada.
- Presencial en una Jefatura Provincial de Tráfico con cita previa, o a través de Correos (oficina de tramitación DGT).
El vendedor que no notifica sigue siendo legalmente el responsable del vehículo. Si el comprador aparca en zona prohibida o circula sin ITV, la multa llega al nombre del vendedor.
La Mallorca.com (guía local de trámites) añade que también se puede notificar por teléfono o a través de la app miDGT, aunque el canal más fiable sigue siendo la sede electrónica.
El trade-off: la notificación online es inmediata, pero requiere certificado digital; la presencial tarda más pero no necesita firma electrónica.
¿Qué diferencia hay entre cambio de titularidad y notificación de venta?
Es la confusión más frecuente entre particulares, y tiene consecuencias legales distintas. La Revista DGT (explicación oficial de trámites) lo aclara así:
- Notificación de venta: es el aviso que da el vendedor a la DGT para comunicar que ha transmitido el vehículo. Su efecto es desvincular al vendedor de futuras sanciones y obligaciones.
- Cambio de titularidad: es el trámite formal que inscribe al comprador como nuevo propietario en el Registro de Vehículos. Lo realiza el comprador.
La Sede Electrónica DGT (procedimiento de transferencias) subraya que la notificación no equivale al cambio de titularidad. Si el comprador no formaliza el cambio, el coche sigue figurando a nombre del antiguo dueño en la base de datos de Tráfico —aunque haya notificado la venta—. Y si el comprador revende antes de inscribirlo a su nombre, la DGT no permite encadenar transferencias sin completar el cambio previo.
El catch: notificar protege al vendedor, pero el comprador debe completar el cambio de titularidad para poder circular con total seguridad jurídica.
¿Quién tiene que hacer el contrato de compraventa de un coche?
Cualquier particular puede redactar su propio contrato utilizando una plantilla legal. Ni la Sede Electrónica DGT (registro de vehículos) ni la Revista DGT (guía de trámites) exigen la intervención de un abogado o gestor para que el contrato sea válido.
No obstante, si la operación incluye cláusulas complejas —pago aplazado, vehículo con cargas previas o compra «sin garantía»—, contar con un asesor jurídico especializado en derecho automovilístico puede evitar litigios futuros. El contrato debe ser firmado por vendedor y comprador, y cada hoja debe llevar la rúbrica de ambos.
La implicación: redactarlo uno mismo ahorra dinero, pero el riesgo de olvidar una cláusula esencial (como la declaración de cargas o la fecha de entrega) puede salir caro.
Paso a paso para realizar la compraventa con la DGT
- Descarga el contrato tipo de la DGT desde la sede electrónica o consigue una plantilla legal.
- Rellena todos los campos con los datos reales del vendedor, comprador y vehículo.
- Incluye la cláusula de cargas y garantía (con o sin garantía, según el acuerdo).
- Firma el contrato en todas las hojas, tú y el comprador.
- Entrega el coche y recoge el pago solo después de tener el contrato firmado.
- Notifica la venta a la DGT en un plazo máximo de 10 días hábiles (online o presencial).
- Entrega al comprador el permiso de circulación, la ficha técnica y el informe de la ITV.
- El comprador realiza el cambio de titularidad en la DGT en un plazo de 30 días.
La clave: seguir estos pasos reduce el riesgo de errores y asegura que ambas partes queden protegidas.
Hechos confirmados y dudas razonables
Hechos confirmados
- La DGT publica un contrato tipo en PDF de descarga gratuita (Sede Electrónica DGT).
- El vendedor debe notificar la venta en 10 días hábiles (Sede Electrónica DGT).
- El comprador tiene 30 días para el cambio de titularidad (Sede Electrónica DGT).
- Correos ofrece el servicio de notificación como canal asociado (Correos).
Qué no está claro
- Si el comprador no realiza el cambio de titularidad, la DGT puede retrasar la baja del vehículo a nombre del vendedor (Sede Electrónica DGT).
- El coste exacto de la tasa 4.1 para la notificación online varía según la comunidad autónoma (GESTORÍADGT).
La conclusión: a pesar de las dudas, los plazos y requisitos principales están bien definidos; la incertidumbre se centra en aspectos económicos y en casos de reventa encadenada.
Lo que dicen los expertos
«La notificación de venta es el mecanismo que permite al vendedor desvincularse de las responsabilidades que pueda generar el vehículo después de la transmisión. Sin ella, las sanciones y los impuestos siguen llegando a su nombre.»
Sede Electrónica DGT – advertencia oficial
«El contrato de compraventa debe estar firmado por ambas partes en cada una de las hojas que lo componen. La omisión de alguna firma puede invalidar el documento a efectos de la notificación.»
Sede Electrónica DGT – requisitos del contrato
«Correos actúa como ventanilla única para la notificación de venta, facilitando el trámite a quienes no disponen de certificado digital o prefieren la atención presencial.»
Correos – servicio DGT
Los expertos coinciden en que la notificación y el contrato bien firmado son la base para evitar problemas legales.
Para un particular español que vende su coche usado, la decisión es clara: notificar la venta en los 10 días hábiles siguientes a la firma del contrato, o seguir siendo legalmente responsable de un vehículo que ya no conduce. Usar el contrato tipo de la DGT y completar el cambio de titularidad en 30 días es el camino más seguro para cerrar la operación sin multas ni sorpresas.
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Preguntas frecuentes
¿Dónde puedo descargar el contrato de compraventa de vehículos DGT gratis?
En la sede electrónica de la DGT, sección Vehículos > Documentos, encontrarás el PDF del contrato tipo de compraventa de vehículo usado. También puedes obtenerlo en la Jefatura Provincial de Tráfico o en la oficina liquidadora del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (Sede Electrónica DGT).
¿Es obligatorio usar el modelo oficial de la DGT?
No, puedes redactar tu propio contrato siempre que incluya los datos esenciales (identificación de las partes, datos del vehículo, precio, fecha y firmas). El modelo oficial es el más seguro porque la DGT lo conoce y lo acepta sin objeciones (Revista DGT).
¿Qué pasa si no notifico la venta a la DGT?
El vendedor sigue siendo responsable de las sanciones, impuestos y accidentes del vehículo. La multa por no notificar puede llegar a 300 €, y cualquier radar o aparcamiento indebido se atribuye al antiguo propietario (Sede Electrónica DGT).
¿Puedo notificar la venta sin certificado digital?
Sí, puedes hacerlo presencialmente en una Jefatura Provincial de Tráfico con cita previa o a través de Correos, que ofrece el servicio de notificación de venta como canal asociado a la DGT (Correos).
¿Cuánto cuesta el cambio de titularidad en la DGT?
El coste medio orientativo es de 55 €, aunque puede variar según la comunidad autónoma. Además, el comprador debe pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuyo porcentaje depende del valor del vehículo y de la comunidad (Sede Electrónica DGT).
¿Qué diferencia hay entre notificar la venta y cambiar la titularidad?
La notificación es el aviso del vendedor a la DGT para desvincularse de responsabilidades. El cambio de titularidad es el trámite del comprador para inscribir el vehículo a su nombre. La notificación no equivale al cambio de titularidad (Revista DGT).
¿Puedo vender un coche sin hacer el contrato por escrito?
No es recomendable. La DGT exige un documento acreditativo de la transmisión para tramitar la notificación de venta y el cambio de titularidad. Sin contrato escrito, el vendedor no puede demostrar que ya no es el propietario (Sede Electrónica DGT).
¿Qué hago si el comprador no paga después de firmar el contrato?
Si el contrato incluye una cláusula de pago aplazado, puedes reclamar judicialmente el impago. Para evitarlo, muchos vendedores exigen el pago completo antes de entregar el coche y el permiso de circulación. La DGT no interviene en disputas de pago entre particulares (Sede Electrónica DGT).